Desconexión digital

Desconexión digital es el derecho de las personas trabajadoras a no contestar comunicaciones, llamadas, mensajes, emails, WhatsApp, etc. de tu trabajo fuera del horario laboral.

Desde que entrara en vigor la Ley Orgánica 3/2018 de protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), las personas trabajadoras tienen derecho a no conectarse a ningún dispositivo electrónico de carácter profesional durante los períodos de vacaciones y descanso.

La ley es clara: “Los trabajadores tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar”. Esta ley también regula situaciones como la geolocalización o videovigilancia.

Dentro del ámbito del derecho a la desconexión digital se incluyen vacaciones, días de asuntos propios, días de permiso por maternidad o paternidad, etc. Pero no solo eso, este derecho abarca desde el momento en que el trabajador finaliza su jornada: laboral hasta que inicia la siguiente. Por ejemplo, si un trabajador finaliza su jornada laboral a las 18:30 h y la comienza a las 09:00 h, el trabajador tiene derecho a desconectar todos sus dispositivos electrónicos profesionales durante todas estas horas.

En la cuenta de Twitter de inspectoresdetrabajo podemos leer que según la ley STS de 21 de octubre de 2015. “No estoy obligado a facilitar a la empresa mi móvil personal ni mi correo personal. Ni estoy obligado a contestar el móvil de la empresa o mensajes al correo de la empresa fuera de mi horario laboral”. A esto se le llama Derecho a la desconexión digital.

¡Que tu empresa aprenda a organizarse!

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